miércoles, 23 de enero de 2013

exceso del aforo, no exceso de aforo ni sobreaforo


La expresión exceso del aforo es la adecuada para indicar que la capacidad máxima de un recinto se ha sobrepasado, y no exceso de aforo ni sobreaforo.
Exceso de aforo significa que el aforo del que se habla es excesivamente grande con respecto a la cantidad de gente esperada para un evento, es decir, que sobraría espacio, la misma idea que subyace en el término sobreaforo.
Sin embargo, se viene utilizando en los medios exceso de aforo o sobreaforo como equivalentes de exceso de asistentes: «La propietaria del Madrid Arena niega un exceso de aforo».
La estructura verbal exceder el aforo, con el artículo determinado, es la que indica que el aforo ha sido excedido, sobrepasado, y su correspondiente estructura sustantivada es exceso del aforo, también con el artículo determinado, para mantener el mismo sentido.
Así, en el ejemplo anterior debería haberse dicho o escrito: «... niega un exceso del aforo».
También se utiliza esta expresión equivocadamente para indicar que un local está lleno y que, por tanto, no se permite entrar en él a más gente; en estos casos, en lugar de exceso de aforo, lo adecuado es utilizar aforo completo.

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